Al elaborar estas alegaciones hemos intentado suplir nuestra "ignorancia", como dicen algunos, con trabajo y una buena dosis de paciencia.
No estamos en contra de nada sino a favor de que se hagan las cosas bien en beneficio de nuestro municipio
LOS CORRALES DE BUELNA, A 07-FEBRERO-2008 ALEGACIONES QUE EL GRUPO MUNICIPAL DE LA UNIÓN VECINAL INDEPENDIENTE DE BUELNA (UVIB) PRESENTA ANTE LA APROBACIÓN INICIAL DEL PROYECTO SINGULAR DE INTERÉS REGIONAL "GRAN ÁREA DE DESARROLLO DE BUELNA" .
En Diciembre del año 2003 el Consejo de Gobierno del Gobierno de Cantabria, declaró de Interés Regional el "Gran Área de Desarrollo de Buelna". Posteriormente, con fecha 26 de Febrero de 2007, la Comisión Regional de Ordenación del territorio y Urbanismo aprobó inicialmente dicho Proyecto de Interés Regional. El Plan Singular de Interés Regional (en lo sucesivo PSIR) de Buelna nació con tres objetivos fundamentales: 1/ Dotar a la zona afectada, es decir al Valle de Buelna, o lo que es lo mismo, a los ayuntamientos de Los Corrales y San Felices de Buelna, de un polígono industrial. 2/ Recuperar ambientalmente el río Besaya. 3/ Establecer un polígono de Viviendas de Protección Oficial, con el fin de satisfacer la demanda de viviendas en la zona propuesta para la ejecución del proyecto. Uno de esos objetivos, el que se refiere a la recuperación ambiental del cauce del río Besaya, quedó sin efecto desde el momento en que la Confederación Hidrográfica del Norte prohibió expresamente el encauzamiento del Besaya y fijó la necesidad de dar una protección especial a los terrenos próximos al río. Se cambió la calificación del suelo perteneciente al término municipal de San Felices mediante la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento, aprobada definitivamente el 22 de Marzo de 2006. De esta manera el suelo afectado por el PSIR, que estaba clasificado como "No Urbanizable, de Interés Agroganadero" anteriormente, pasa a tener la calificación de Suelo Rústico de Protección Ordinaria (Tipo de suelo susceptible de acoger el PSIR) mientras que la zona de ribera que linda con el Besaya, con un margen de protección bastante importante en numero de metros cuadrados, pasa a calificarse como Suelo Rústico de Protección de Cauce Fluvial. Esta última circunstancia, junto con otros condicionantes de menor calado, hace que el proyecto inicial de PSIR, que contemplaba la implantación en un polígono de un millón y medio de metros cuadrados, reduzca su extensión en casi un 30%, pasando a tener, en el documento para su aprobación inicial, una superficie total ligeramente inferior al millón de metros cuadrados, y afectando a un total de 397 parcelas. De todo lo que acabamos de exponer se desprende algo de extremada importancia: Uno de los objetivos principales del Plan "Gran Área de Buelna", que marcaron su declaración como Plan Singular de Interés Regional, ha decaído, ha dejado de ser un OBJETIVO prioritario, puesto que el PSIR no afecta ya a la zona de ribera del río, y el primitivo proyecto "Área de Buelna" marcaba como una de sus principales actuaciones la recuperación ambiental de la ribera del Besaya, incluido su encauzamiento, debido a que, el lugar donde va a asentarse el PSIR, es una zona clasificada como "inundable". El informe de Sostenibilidad Ambiental, remitido como anexo al proyecto de aprobación inicial del PSIR, en su apartado denominado "ANALISIS DE LA ADECUACION DE LOS CAMBIOS DE USO Y/O DESARROLLOS PREVISTOS EN EL PLANEAMIENTO VIGENTE" (Página 15 del citado documento) dice así en relación con el planeamiento urbanístico de nuestro municipio: 1.1.- P.G.O.U. DE LOS CORRALES DE BUELNA. El Término Municipal de Los Corrales del Buelna dispone del P.G.O.U. aprobado por la Comisión Regional de Urbanismo en 1984. Este Plan General está basado en la Ley del Suelo de 1976, por lo que se puede considerar obsoleto dado e crecimiento y desarrollo que ha sufrido la comarca y la previsión de desarrollo futuro tras la construcción de grandes vías de comunicación con la meseta castellano-leonesa. En este planeamiento el suelo afectado por el PSIR está calificado como Suelo No Urbanizable. Los planos de Estructura General y Orgánica del Territorio excluyen este ámbito del suelo calificado como especialmente protegido. Existe una Modificación Puntual Parcial del Plan General de Ordenación Urbanística de 1984, aprobada por el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el 23 de diciembre de 2003, la cual no afecta a los terrenos incluidos dentro de este estudio. En la actualidad se ha aprobado la fase inicial y provisional de una revisión del planeamiento. En esta tramitación el suelo afectado por la delimitación del PSIR está clasificado como suelo urbanizable delimitado (SUD-2 y SUD-5) y suelo urbanizable residual" . /extraído literalmente del original/ Hemos resaltado una frase que podría resumir la relación estricta entre el planeamiento urbanístico del municipio de Los Corrales de Buelna con el PSIR; y bien resumida estaría esta relación si se plasmara correctamente en el documento. Pero sucede que la realidad es bien distinta. Como se dice en el documento que estamos analizando, el PGOU de Los Corrales de Buelna fue aprobado inicialmente por la Corporación Municipal de Los Corrales, y ahora mismo se encuentra en trámites para su aprobación definitiva. Pero, el hecho de que se asegure que, en el PGOU, el suelo que ocupa el PSIR en los terrenos de la jurisdicción del Ayuntamiento de Los Corrales está clasificado como Suelo Urbanizable Delimitado (SUD-2 y SUD-5) y Suelo Urbanizable Residual es ABSOLUTAMENTE FALSO ya que el PGOU de Los Corrales de Buelna no clasifica de manera alguna el suelo afectado por el PSIR. Así lo contempla de manera literal: La zona de afección del PSIR es una mancha sin concretar dentro de la trama urbanística del municipio y no tiene una conexión clara con este. Al parecer, esto se debe al hecho de que el equipo redactor del plan, la empresa DIRSUR, ha seguido las directrices marcadas por la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Hecho, este último que demuestra, una vez más, que los Planes Singulares de Interés Regional CONCULCAN LA AUTONOMIA MUNICIPAL . -o- En relación con el INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL que acompaña al PSIR, entendemos que el estudio no tiene en cuenta los múltiples "impactos" que ha venido sufriendo esta parte del valle de Buelna en los últimos tiempos. La zona donde se pretende instalar el PSIR, al Norte del Valle de Buelna, ha tenido que soportar en escaso margen de tiempo la ejecución de varios proyectos de infraestructuras y explotación industrial de tal calado que, puede decirse que está completamente SATURADA y en un estado de ASFIXIA en el aspecto medioambiental: La instalación en los años setenta del Polígono Industrial de Barros, dentro del término municipal de Los Corrales; la construcción de la autovía de Accesos a la Meseta , puesta en funcionamiento hace cinco años; la puesta en marcha de la explotación de áridos a cielo abierto en el Monte Dobra por parte de la empresa Solvay; el avance implacable de las canteras de caliza en las estribaciones del mencionado monte Dobra; la obra de la carretera autonómica CA-470, aún en ejecución, entre Puente Viesgo y Barros, son realizaciones que se sitúan en una cuadrícula de menos de un kilómetro cuadrado. La implantación del PSIR supondría la DEGRADACION ABSOLUTA de la zona Norte del Valle de Buelna, ya de por sí maltrecha. Se da la circunstancia además, de que el espacio donde quiere ubicarse el PSIR, es una zona agrícola de primera categoría, catalogada como tal por la Universidad de Cantabria en un estudio realizado por encargo de la Consejería de Desarrollo Rural del Gobierno de Cantabria, pese a que el Informe de Sostenibilidad Ambiental, que se acompaña al PSIR, indique que la calidad ambiental de la zona es baja, su medio natural muy antropizado y carente de valores ecológicos ni paisajísticos. Volviendo a los OBJETIVOS que se marcan como prioritarios para decidir la creación de este Plan Singular “Gran Área de Buelna”, nuestro grupo entiende que tanto la instalación de un Polígono Industrial de 437.000 metros cuadrados netos como la dotación de una zona residencial para la construcción de 1020 viviendas, no justifican la puesta en marcha de un PSIR en la zona de Buelna. Creemos que nuestro valle está dotado de suficiente suelo industrial. Son aproximadamente 400.000 los metros cuadrados de suelo industrial que la empresa Trefilerías Quijano tiene en nuestro municipio. La mayoría de ellos están sin explotar, pues las actividades fabriles de esta compañía se han reducido a la mínima expresión a lo largo de los años. Una empresa que hace 40 años daba trabajo a miles de obreros, cuenta ahora con sólo setenta y tantos trabajadores en su plantilla. Estos terrenos industriales, perfectamente dotados para el desarrollo de cualquier proyecto empresarial, se encuentran infraexplotados y con unas instalaciones que amenazan ruina. Las autoridades regionales bien podrían hacerse con ellos para paliar el déficit de suelo industrial que tenemos en el valle de Buelna, sobre todo tras la saturación del Polígono Industrial de Barros.
El tercero de los objetivos del PSIR, la dotación de suelo residencial capaz de albergar 1020 viviendas, nos parece también un proyecto bastante arriesgado y que no responde a las necesidades que un crecimiento sostenible de Los Corrales de Buelna. Si aplicamos el ratio de 2.5 habitantes por vivienda, resulta que la zona residencial del PSIR podría llegar a dar cobijo a más de 2500 personas, cifra de población importantísima que representa más del 20% de la población actual de nuestra localidad. Hay que tener en cuenta además, que el PGOU recién aprobado dota de suficiente suelo urbano y urbanizable programado para la expansión lógica, moderada y sostenible, del municipio. Además, a corto y medio plazo, podemos constatar que se encuentran en fase de proyecto numerosas urbanizaciones que pueden cubrir sobradamente la demanda interna de vivienda, e incluso para atraer hasta nuestro pueblo a población foránea (sirva como ejemplo la urbanización de URCASA en la mies de San Mateo).
En cuanto a algunos aspectos concretos que contiene el Plan de Desarrollo “Gran Área de Buelna” y que merecen análisis independiente, podemos señalar: 1/ En lo que respecta a la zona residencial se prevén distintos tipos de edificación. En la zona más cercana a nuestro suelo urbano, al Sur, lindando con la iglesia de San Ramón y las instalaciones de la escuela taller, está prevista la construcción de 160 viviendas unifamiliares en hilera; el resto, hasta 1020, serán torres aisladas o en bloques, de cinco alturas. Nos parece desmesurado este proyecto, con una cuota de EDIFICABILIDAD EXCESIVA. Según nuestro criterio, entendemos que sería mucho más sensato limitar la construcción en alzado a un máximo de dos alturas.
2/ La franja de separación entre la zona residencial y la industrial es únicamente de SETENTA METROS. Nos parece insuficiente esta distancia para deslindar el área de actividad industrial de la superficie residencial.
3/ Tal y como está concebido el PSIR toda la presión demográfica y los inconvenientes derivados de la puesta en marcha del plan van a afectar exclusivamente a nuestro municipio ya que la zona poblada del Ayuntamiento de San Felices de Buelna se sitúa muy lejos del campo de acción del PSIR. Las dos entidades obtendrán los beneficios que el plan pueda aportar pero será el nuestro el que soporte todos los perjuicios.
4/ Ya hemos mencionado en otro apartado que la aplicación del PSIR conculca la autonomía y capacidad de decisión de nuestro ayuntamiento; pero es que además, administrativamente la ejecución de un plan de esta índole, que afecta a dos municipios, va a tener consecuencias muy negativas a efectos prácticos, pues es muy difícil establecer dónde empiezan y dónde acaban las competencias y las responsabilidades de uno y otro municipio. La línea que delimita los dos ayuntamientos está meridianamente clara, pero en el momento en que la trama residencial e industrial llene de contenido estos terrenos empezaran a surgir los problemas de concesión de licencias, cobro de tasas... y muchos otros derivados de la aplicación de un único plan de actuación urbanística en el territorio perteneciente a dos entidades municipales diferentes.
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